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Clasificadores Presupuestarios ¿Qué son y para qué sirve?

Autor: CPC y Mtro. José Antonio Guerrero Muñoz.

Los clasificadores presupuestarios son una herramienta que permite ordenar la información según un criterio o característica homogénea.

Ministerio de Hacienda; Costa Rica

En México, los clasificadores presupuestales son instrumentos normativos que tiene como propósito la homogenización y sistematización de la información necesaria para la formulación del presupuesto, los cuales se deben elaborar y hacer del conocimiento del público; contienen información relacionado con el ingreso y egreso de las entidades de Gobierno.

Sirven para dar a conocer, desde diferente ángulo, concepto, rubro, la forma de cómo el gobierno y sus organismos distribuyen los recursos, ya sea la forma de obtenerlos, como la forma de aplicarlos.

La Dirección General del Centro de Documentación, de la Cámara de Diputado, publica en su página de internet un documento que contiene los Principios que rigen al presupuesto de egresos los cuales detalla:

Universalidad. Dicha universalidad se predica del presupuesto de egresos, porque éste debe contener todos los gastos del poder público.

Unidad. Significa que todo el presupuesto debe estar contenido en un solo documento. Este principio no es constante en todos los países, hay algunos en donde el presupuesto consta en diversos textos, tales como gastos corrientes, sueldos, inversiones, etc.

Especialidad. El presupuesto de egresos debe detallar las partidas y no otorgarlas de manera general. En este sentido un amplio sector de la doctrina sostiene que en ocasiones tal especialidad obstaculiza de manera considerable la actividad del ejecutivo; por lo anterior, es común recurrir a determinados conceptos para especificar el destino de los gastos, como son:

Ramos. Que se corresponden con los distintos poderes, secretarías o erogaciones específicas como la deuda, las entidades paraestatales, etc.

Programas. Esto es, las cantidades que cada dependencia podrá erogar en función de los programas que tenga a su cargo.

Subprogramas. El rubro anterior podrá dividirse en subprogramas, las cantidades para uno y otro deberán especificarse.

Partidas. Son asignaciones más concretas, cuya erogación está permitida y generalmente numerada, pero de la cual deberá informarse en la cuenta pública anual. Corresponde a la Secretaria de la Hacienda y Crédito Público autorizar las transferencias de partidas.

Planificación. Con base en los planes socioeconómicos que se fijan a mediano plazo es posible que de manera recurrente en el presupuesto de egresos se señale la consecución de las metas fijadas en un plan de esta naturaleza.

Anualidad. El presupuesto de egresos tiene una vigencia anual, rige del 1º de enero al 31 de diciembre.

Previsión. Esto significa que el presupuesto de egresos debe estar aprobado, promulgado y publicado antes de su entrada en vigor, para evitar la inactividad de la administración pública.

Periodicidad. Este principio está íntimamente vinculado con la anualidad del presupuesto. Significa que es un documento que tiene vigencia por tiempo determinado, el periodo financiero de un año y que para el siguiente año será necesaria la expedición de un nuevo presupuesto.

Claridad. La claridad se refiere a que el presupuesto sea entendible y pueda ser consultado por los servidores públicos y administradores sin ninguna complicación. En cierta medida este principio se cumple con el de especialidad al dejar perfectamente establecidos los conceptos que integran el presupuesto.

Es oportuno señalar aquí que es posible el establecimiento de partidas secretas, pues esto lo permite la Constitución en su artículo 74 frac. IV, pero las mismas deberán ser:

  • Necesarias;
  • Contemplarse en el presupuesto; y
  • Empleadas por los secretarios mediante acuerdo escrito del Presidente de la República.

Publicidad. El presupuesto habrá de publicarse en el Diario Oficial de la Federación, para que surta los efectos correspondientes. También de acuerdo con el artículo 120 de la Constitución, debe publicarse en el órgano oficial de publicidad de cada entidad federativa.

Exactitud. Atañe a que las cantidades previstas correspondan a lo que el poder público necesitará para cumplir con sus atribuciones. Este principio hace referencia a lo que los economistas comúnmente señalan como presupuesto equilibrado, lo cual implica que lo recaudado deberá corresponderse con lo que se va a gastar.

Exclusividad. La exclusividad en el caso de México, se refiere a que corresponde sólo a la Cámara de Diputados la aprobación del presupuesto. Pero también tiene que ver con que, en el presupuesto, exclusivamente se detallarán los gastos del estado y no de ninguna otra índole.

En el contexto general muchos de los que intervenimos en la elaboración de los clasificadores presupuestarios desconocemos estos principios que rigen la preparación de los clasificadores presupuestarios.

Es importante conocer el destino de esta información, que al analizarla y compararla se obtienen grandes reflexiones, elementos y herramientas para una mejor conceptualización de la futura planeación, del cumplimiento de las disposiciones, pero sobre todo de la aplicación de los recursos públicos en bien de la comunidad que reclama mejores servicios públicos.

Con la intención de ejemplificar este tipo de análisis y reflexiones que debiera ser una herramienta de supervisión para efecto de la calidad de la información, a continuación, expongo algunas ideas:

Municipio Guadalajara
Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
(Por Clasificación Económica /Tipo de Gasto)
Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2021
En miles de pesos
ConceptoAprobado%Ampl./ Reduc.Modificado%DevengadoPagado%[1]
Gasto corriente8,330,66090.74-100,1008,230,56089.377,600,8887,466,12790.07
Gasto de capital684,8487.46118,648803,4968.72672,224551,4267.97
Amortización de la deuda y disminución de pasivos164,6471.799,611174,2581.89164,647164,6471.95
Pensiones y jubilaciones9300.0109300.019099090.01
Participaciones.00.00000.00000.00
Total del gasto9,181,085100.0028,1599,209,244100.008,438,6688,183,109100.00

A simple vista podemos hacer los siguientes comentarios:

  1. Las modificaciones al presupuesto se realizan al alza; sin embargo, al final del periodo el devengado nos nuestra que no se llegan al presupuesto original y mucho menos al modificado.
  • En cuanto a la integración del presupuesto, claramente podemos ver que la mayor parte se aplica al gasto corriente, que consiste en los capítulos 1000, Servicios personales; 2000 Materiales y suministro; 3000 Servicios generales y 4000 Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas.
  • El gasto de capital incluye el capítulo 5000 Bienes muebles, inmuebles e intangibles.
  • En el rubro de amortización de la deuda y disminución de pasivos, corresponde al capítulo 9000.
  • Por último, el concepto de pensionados y jubilados, representa las aportaciones que el Municipio entrega al Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, según lo establece la ley correspondiente.
  • Ahora bien, al comparar el presupuesto de ingreso con el presupuesto de egreso, en el apartado del modificado, encontramos que las afectaciones solo se realizan en el de egreso y estas modificaciones no impactan en el ingreso, por lo que se pierde el principio de exactitud o equilibrio.
  • Como un comentario adicional señalaré que se considera el devengado y no el pagado, debido a que este, el devengado, se encuentra reflejado en el gasto y solo faltará el pago correspondiente, de esta forma no afectará el presupuesto del siguiente ejercicio independientemente de que se puede verificar en la creación del pasivo correspondiente.
Municipio Guadalajara
Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
(Por Clasificación Económica /Tipo de Gasto)
Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2022
En miles de pesos
ConceptoAprobado%Ampl./ Reduc.Modificado%DevengadoPagado%
Gasto corriente8,145,27886.33435,0368,580,31483.778,521,4498,278,59486.65
Casto de capital1,196,95512.69284,9681,481,92314.471,468,8921,094,95511.46
Amortización de la deuda y disminución de pasivos93,1440.9987,110180,2541.76180,254180,2541.89
Pensiones y jubilaciones00.00000.00000.00
Participaciones.00.00 000.00000.00
Total del gasto9,435,377100.00807,11410,242,491100.0010,170,5959,553,803100.00

Con la intención de no redundar en los comentarios relacionados al presupuesto 2021 solo me referiré a situaciones diferentes:

  1. Las modificaciones al presupuesto se realizan al alza; sin embargo, al compararlo con las modificaciones del ingreso los importes difieren, ya que el ingreso se modifica por un importe de $922’113, mientras que el egreso es de $807’114, reflejando una diferencia de $114’999, por lo que rompe el principio de exactitud o equilibrio.
  • En concepto de pensionados y jubilados, representa las aportaciones que el municipio entrega al Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, según lo establece la ley correspondiente, en este ejercicio no reportan cantidad alguna, por lo que considero no se cumple entre otros, el Marco Conceptual de la Contabilidad Gubernamental en su fracción V, Cualidades de la Información Financiera a Producir; numeral 5) Comparabilidad, establece: Es la cualidad que tiene la información financiera para permitir su comparación a lo largo del tiempo. La información se formulará con criterios afines de identificación, valuación, registro y presentación, con normas de observancia general, que permitan la posibilidad de comparar la situación financiera, los resultados alcanzados y el cumplimiento de las disposiciones legales del ente público en diferentes períodos o con otros entes públicos similares, con la finalidad de facilitar a los órganos facultados el análisis, evaluación y fiscalización de la gestión y una adecuada rendición de cuentas.

Cada uno de los clasificadores que se encuentran normados por la LGCG y detallados en los documentos aprobados por el CONAC, muestran información útil para la toma de decisiones y sobre todo el resultado de un ejercicio debiera tomarse en cuenta para efecto de la planeación de los ejercicios futuros e ir mejorando, tanto en la estimación como en los planes y programas de desarrollo de cada organismo.

Es importante señalar que los anteriores comentarios son del resultado de analizar solamente a la presentación del clasificador económico o tipo de gasto, si bien cierto en el último comentario tocamos el tema de la calidad de la información, en esta ocasión no se profundiza en el tema debido a que ese será motivo de otra publicación.

Conclusiones:

Como quedó demostrado los clasificadores publicados por los organismos muestran el proceso presupuestario desde la aprobación, modificación y devengo y se debiera establecer una práctica por parte de los funcionarios facultados para tomar decisiones en la administración de los recursos públicos y en cada periodo de rendición de cuentas demostrar el avance en la planeación, organización, ejecución y control, (proceso administrativo).

Por lo que esto nos invita a seguirnos preparando en la normatividad, en la creación de metodologías que ayuden a la gestión pública y la rendición de cuentas.

Finalmente, no debemos olvidar que los presupuestos son parte importante del quehacer diario y se ve reflejado en la elaboración correcta de los clasificadores.

Documentos consultados:

https://www.conac.gob.mx/es/CONAC/Normatividad_Vigente
https://transparencia.guadalajara.gob.mx/cuentapublica2022
https://transparencia.guadalajara.gob.mx/cuentapublica2021
https://www.diputados.gob.mx/bibliot/publica/prosparl/iifunci.htm#:~:text=Los%20principios%20que%20rigen%20o,Universalidad.
https://www.cepal.org/sites/default/files/presentations/utilizacion_de_clasificadores_presupuestarios_costa_rica.pdf

[1] Este % está calculado sobre el Devengado

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