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Certificación del Instituto Mexicano de Contadores Públicos

La certificación del IMCP (Instituto Mexicano de Contadores Públicos) es un reconocimiento de prestigio para los contadores públicos colegiados en México. A través de sus programas de certificación, el IMCP busca garantizar la excelencia y competencia profesional en áreas clave como Normas de Información Financiera, Auditoría e Impuestos.

La certificación del IMCP valida el conocimiento, las habilidades y la aplicación correcta de las normas y regulaciones contables y fiscales en México. Estas certificaciones son respaldadas por la larga trayectoria y experiencia del IMCP, así como por su compromiso con el desarrollo y la actualización profesional de sus miembros.

Al obtener una certificación del IMCP, los contadores públicos colegiados demuestran su compromiso con los más altos estándares éticos y profesionales, lo que les permite destacar en un campo altamente competitivo. Estas certificaciones también brindan confianza a los clientes y empleadores, ya que garantizan que los profesionales cuenten con los conocimientos necesarios para brindar servicios contables de calidad y cumplir con las exigencias normativas.

En resumen, la certificación del IMCP representa un sello de calidad y excelencia en la profesión contable en México. Es una herramienta valiosa para el desarrollo profesional, la diferenciación y el avance en la carrera de los contadores públicos colegiados.

Certificación General

La certificación es la constancia que avala los conocimientos, habilidades y destrezas requeridos para el ejercicio de la profesión. Su obtención es mediante la acreditación del Examen Uniforme de Certificación (EUC).

Su re validación debe ser periódica para garantizar la actualización del profesional y ofrecer servicios de alta calidad a clientes y usuarios. La certificación tiene una vigencia de 4 años para información de su renovación o refrendo

Certificación por disciplinas

La certificación por disciplinas consiste en otorgar a los profesionales que participan como especialistas en las áreas de finanzas, contabilidad y auditoria gubernamental y en LFPIORPI, la constancia de que sus conocimientos, habilidades y destrezas son las necesarias para poder garantizar a la sociedad el servicio y la calidad requeridos en estas importantes áreas del ejercicio profesional.

La obtención de estas certificaciones se logra mediante la aprobación del examen correspondiente.

Su re-validación debe ser periódica para garantizar la actualización del profesional y ofrecer servicios de alta calidad a clientes y usuarios. La certificación tiene una vigencia de 4 años para información de su renovación o refrendo

Fechas del examen de Certificación:  8 y 9 de diciembre de 2023 

Consulta la Guía para la presentación del Examen Uniforme de Certificación (EUC) y por Disciplinas

  • Descarga la Guía EUC, aquí.

  • Guía EUC de Finanzas, aquí.

  • Guía EUC de Contabilidad y Auditoría Gubernamental, aquí.

  • Guía para el sustentante_LFPIORPI_2022, aquí.

Solicitudes de presentación para los exámenes de certificación

 

 

 

  • Solicitud Examen Disciplina en Materia le la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, Para descargar haga clic en el siguiente enlace: SOLICITUD-DE-CERTIFICACIÓN-EN-LFPIORPI-2023

 

Indicaciones para la fotografía

Solicita más información o consulta tus dudas en el siguiente formulario

Solicitud de Información para la Certificación


NDPC - Norma de Desarrollo Profesional Continuo

La Norma de Desarrollo Profesional Continuo (NDPC) es una de las disposiciones fundamentales que debe cumplir todo asociado del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y de sus Federadas. Nació como una disposición de acreditamiento voluntario en 1979 y ha evolucionado durante más de cuarenta años hasta consolidarse como la estructura fundamental de la actualización profesional del Contador Público.

Sobre la NDPC descansa el compromiso de la profesión contable de mantener incólumes sus conocimientos y competencias, y se ha constituido como el soporte del proceso de refrendo de la certificación, que asegura la calidad en el servicio que demanda la sociedad mexicana.

Con el nombre de Norma de Educación Profesional Continua y mutando a un cumplimiento obligatorio, atravesó tres décadas y media, hasta tener en 2014 su transformación en la actual NDPC vigente a partir del 1 de enero de 2015.

En este avance histórico, la NDPC ha recibido el amplio reconocimiento oficial, materializado en su inclusión –desde 1992– dentro de las normas jurídicas, para avalar el cumplimiento de la actualización profesional solicitada a los Contadores Públicos registrados para dictaminar para efectos fiscales, sin necesidad de sustentar y aprobar un examen ante las autoridades hacendarias y de seguridad social.

Con nuevas realidades, la NDPC se ha adaptado a las exigencias de una mayor ponderación de la ética y el control de calidad, ampliando el horizonte a disciplinas cada vez más pujantes: el gobierno corporativo, la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los sistemas anticorrupción, los nuevos sistemas de fiscalización y la prevención de fraudes societarios.

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  • Norma de Desarrollo Profesional Continuo 2022, clic aquí.

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  • Tabla de Puntuación de la NDPC 2022clic aquí.

  • Reglamento de la Norma de Desarrollo Profesional Continuo 2022, clic aquí.

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  • Formatos para manifestar el cumplimiento anual de la Norma de Desarrollo Profesional Continuo del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., 2022 clic aquí.

Asociados que cumplieron DPC 2023 – CCP Guadalajara, clic aquí.

Cumplimiento anual DPC

2.1 Para cumplir con la Norma de Desarrollo Profesional Continuo, cada asociado deberá obtener puntos de desarrollo profesional cada año calendario, según el sector profesional en que desempeñe su actividad. Los puntos de desarrollo profesional (en lo sucesivo puntos) se incluyen dentro de la Tabla de Puntuación que emite la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., conforme a lo siguiente:

Los Contadores Públicos dedicados al ejercicio profesional independiente deberán cumplir con 55 puntos o más, de acuerdo con la siguiente
integración:

Puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de PuntuaciónPuntos o más, en cualquiera de las alternativas de obtención de puntos que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especializaciónPuntos o más en Ética y Responsabilidades Profesionales, de acuerdo con los temas que establezca el Reglamento de esta Norma.Total de puntos a cumplir
30 puntos20 puntos5 puntos55 puntos

2.1 NDPC a)

Los Contadores Públicos académicos de tiempo completo, investigadores de medio tiempo o más, o quienes realizan su labor profesional en él
sector empresarial, gubernamental o cualquier otro de los no previstos específicamente, deberán cumplir con 40 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

Puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de Puntuación. Cuando se trate de Contadores Públicos académicos, investigadores de medio tiempo o más, los 10 puntos referidos solo se reconocerán dentro de la alternativa de recibir instrucción.Puntos o más, en cualquiera de las alternativas que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especialización.Puntos o más en Ética y Responsabilidades Profesionales, de acuerdo con los temas que establezca el Reglamento de esta Norma.Total de puntos a cumplir
10 puntos25 puntos5 puntos40 puntos

2.1 NDP b)

2.2 Los Contadores Públicos Certificados que opten por refrendar su Certificación sin la necesidad de presentar el Examen Uniforme de Certificación (EUC), durante el periodo de la vigencia de su Certificado, deberán cumplir con la siguiente puntuación:

Los Contadores Públicos dedicados al ejercicio profesional independiente, o aquellos que hayan obtenido y tengan vigente su registro ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal y dictaminen para efectos fiscales, financieros o gubernamentales, deberán cumplir con 65 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

Puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de Puntuación.Puntos o más, en cualquiera de las alternativas de obtención de puntos que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especialización.Puntos o más en Ética y Responsabilidades Profesionales, de acuerdo con los temas que establezca el Reglamento de esta Norma.Total de puntos a cumplir
40 puntos20 puntos5 puntos65 puntos

2.2 NDPC a)

Los Contadores Públicos académicos de tiempo completo, investigadores de medio tiempo o más, o quienes realizan su labor profesional en el sector empresarial, gubernamental o cualquier otro de los no previstos específicamente, deberán cumplir con 50 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

Puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de Puntuación.Puntos o más, en cualquiera de las alternativas que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especialización.Puntos o más en Ética y Responsabilidades Profesionales, de acuerdo con los temas que establezca el Reglamento de esta Norma.Total de puntos a cumplir
20 puntos25 puntos5 puntos 50 puntos

2.2 NDPC b)

El asociado deberá anotar el área de su especialización en la manifestación anual para el cumplimiento de la Norma, la cual servirá de base para el acreditamiento de su puntuación. 

2.3 Los Contadores Públicos Certificados por Disciplinas que opten por refrendar su Certificación, sin la necesidad de presentar el Examen de Certificación por Disciplinas (ECD) durante el periodo de la vigencia de su Certificado, deberán cumplir con la siguiente puntuación:

Los Contadores Públicos Certificados por Disciplinas dedicados al ejercicio profesional independiente deberán cumplir con 65 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

Puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de Puntuación.Puntos o más, en cualquiera de las alternativas de obtención de puntos que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especialización.Puntos o más en Ética y Responsabilidades Profesionales, de acuerdo con los temas que establezca el Reglamento de esta Norma.Total de puntos a cumplir
40 puntos20 puntos5 puntos65 puntos

2.3 NDPC a)

Los Contadores Públicos Certificados por Disciplinas que sean académicos e investigadores de tiempo completo, o quienes realizan su labor profesional en el sector empresarial, gubernamental o cualquier otro de los no previstos específicamente, deberán cumplir con 50 puntos o más, de acuerdo con la siguiente integración:

Puntos o más, dentro de las alternativas de recibir instrucción o impartir instrucción en el área de su especialización, previstas en la Tabla de Puntuación.Puntos o más, en cualquiera de las alternativas que establece la Tabla de Puntuación, incluida el área de su especialización.Puntos o más, en Ética y Responsabilidades Profesionales, de acuerdo con los temas que establezca el Reglamento de esta Norma.Total de puntos a cumplir
20 puntos25 puntos5 puntos50 puntos

2.3 NDPC b)

Si el asociado dictamina para efectos fiscales, financieros o gubernamentales, necesariamente deberá cumplir con lo establecido en el artículo 2.2 de esta Norma. 


Capacitadoras registradas en el CCP Guadalajara

5.1 Son capacitadoras autorizadas del IMCP, aquellas entidades que cuentan con el reconocimiento vigente de las Federadas del IMCP (sociedades mercantiles, asociaciones y sociedades civiles, universidades, instituciones de enseñanza superior o personas físicas), que imparten cursos técnicos a sus agremiados, asociados, empleados, profesionistas o público en general, en las disciplinas profesionales del Contador Público. 

El IMCP clasifica a las capacitadoras reconocidas por las Federadas, en tres tipos: 

a) Externas. Que son las instituciones de especialización o desarrollo, cuya característica principal es ofrecer cursos al público en general. 

b) Despachos de Contadores Públicos y empresas privadas y organismos públicos en donde labora el Contador Público, que le otorguen capacitación profesional, y cuya actividad principal no es la capacitación. 

c) Universidades e instituciones de enseñanza superior, con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) en términos de la Ley General de Educación. (instituciones con reconocimiento de validez oficial de estudios RVOE que imparten a sus alumnos licenciaturas, especialidades, maestrías o doctorados.

Listado de capacitadoras autorizadas Julio 2023, clic a aquí. 

Nuevo registro como capacitadora autorizada ante el CCP Guadalajara

Las capacitadoras externas deberán solicitar y obtener ante la Federada de su domicilio legal, su número de registro como capacitadora autorizada

Solicitud de nuevo registro, para descargar haga clic en el siguiente enlace: Solicitud-de-Registro-Capacitadora-CCPGJ-2023Solicitud refrendó registro de capacitadora, para descargar haga clic en el siguiente enlace: Solicitud-Refrendo-Capacitadoras-CCPGJ-2023


Sistema Control de Puntos DPC del IMCP (SCPDPC)

Asociado

Puede solicitar el acceso a la plataforma mediante el siguiente formulario (Asociados CCP Guadalajara)

 

Capacitadoras

Puede solicitar el acceso o soporte a la plataforma mediante el siguiente formulario (Capacitadoras con registro en el CCP Guadalajara)

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