Adopción de la Firma Digital en México
Como es del conocimiento de todos, durante la presente contingencia sanitaria se ha favorecido el trabajo en forma remota también conocido como “telecommuting” o home office.
Lo anterior, ha generado un “boom” de servicios que permiten la firma de documentos digital sin que este trámite tenga que ser presencial y desde la comodidad de tu dispositivo móvil o computadora.
Uno de los casos de éxito más conocidos, es el caso de DocuSign (US), empresa dedicada a la automatización de los procesos manuales basados en papel y que tiene como servicio estrella, la firma digital de documentos, mediante la implementación de estándares digitales para la administración de transacciones.
Una aplicación práctica de este servicio es la posibilidad de realizar una compra de una casa, mediante la firma de documentos de traslado de propiedad, completamente en formato digital.
En el periodo del 12 de marzo de 2020 al 28 de febrero de 2021 de 2020, el valor bursátil de DocuSign ha crecido un 249%, pues el valor de su acción paso de 66.51 USD a 232.59 USD en dicho periodo.
La administración de documentos digitales y las firmas de documentos sin involucrar la firma autógrafa es reconocido en las leyes estadounidenses, lo que permite que ahorro incalculable en espacio físico de almacenamiento, horas de trabajo para el envío y recolección de firmas, así como gastos por servicios de paquetería.
Todo lo anterior es realmente sorprendente, pero… ¿Cuál es la situación legal y operativa de esta situación en México?
La administración de documentos digitales y las firmas de documentos sin involucrar la firma autógrafa es reconocido en las leyes estadounidenses. ¿Sabías que es posible que los procesos administrativos y la firma de contratos entre ausentes sea más práctica debido a la validez de la firma electrónica en México?
Muchas empresas desconocen esta posibilidad y cuestionan la validez jurídica de la firma electrónica en México.
Sin embargo, los contratos entre ausentes son posibles y válidos en México desde el siglo XIX.
Por ejemplo, con el Código de Comercio de 1889, regulaba operaciones por telégrafo, o el Código Civil de 1928, que permitía realizar operaciones utilizando el teléfono. De manera similar, existen diversas disposiciones legales en México que reconocen y permiten el uso de las firmas electrónicas, como la NOM-151, por ejemplo.
La firma autógrafa, es decir, manuscrita, es tradicionalmente aceptada como la forma legal de expresar el consentimiento en un contrato, pero, de hecho, esto es solo una costumbre pues el Código Civil Federal, publicado en agosto 1928 y reformado en junio de 2019, establece que el consentimiento de un contrato puede ser expreso o tácito,
Pero ¿Qué aspectos debo cuidar para elegir un servicio de firma de documentos digitales y que empresas prestan esos servicios?
Si bien en los anteriores se estableció el origen y el razonamiento del porqué la firma digital de documentos es aceptada en México ¿Qué funciones o características debe tener un servicio de firma digital de documentos y que opciones tengo?
Todos los países que permiten el uso la firma electrónica reconocen las siguientes funciones (mismas que poseen validez legal):
- Identificar una persona;
- Confirmar que una persona sea participante de un contrato;
- Asociar el contenido de un contrato a su firmante;
- Probar el consentimiento de las reglas del contrato;
- Probar que el firmante estuvo un lugar en particular en un tiempo determinado
Todas las firmas generadas en medios electrónicos se pueden llamar firmas electrónicas. De hecho, en México las firmas electrónicas son aceptadas por diversos ordenamientos jurídicos a nivel federal y estatal. En particular, en las disposiciones de nuestra legislación, reconoce la firma electrónica simple y la firma electrónica avanzada.
Existe una distinción sencilla entre la firma electrónica simple y su forma avanzada. En México, se exige que la firma electrónica sea autenticada por un certificado digital. Sin embargo, este tipo de firma es utilizada principalmente en transacciones específicas requeridas por el gobierno federal, como por ejemplo la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
Por lo tanto, la mayoría de la transacción comercial y empresariales solo necesitan de un firmado electrónico simple para asegurar la validez jurídica de cualquier contrato.
Si después de leer esta información y consultar con tu abogado de confianza decides darles una oportunidad a estas firmas, te recomiendo empezar consultando los siguientes proveedores:
- https://www.docusign.mx/
- https://acrobat.adobe.com/mx/es/sign/compliance/electronic-signature-legality.html
- https://dropbox.com (si, Dropbox tiene una alianza con hello sign para firmar directamente desde la nube)
- En su información legal, establecen la firma electrónica simple como legal para actos de comercio.
- https://www.seguridata.com/psc.php
- Establecen la necesidad de la existencia de un PSC (prestador de servicios de certificación) y reconocen la firma electrónica avanzada como la única para dar validez.