Entendiendo los aranceles de México y Estados Unidos
Comisión de Apoyo al Ejercicio Independiente
Autor:
Dr. Israel Díaz Escobar Sánchez
Los aranceles para cada país tienen una función reguladora de las importaciones, los países los imponen en función de las necesidades propias. Una función es la recaudación en aduanas y otra que funciona en la medida en que quieran proteger a sus industrias.
Cuando un producto tiene un arancel elevado es porque el país en que se va a importar desea “restringir” de alguna forma la importación y la cantidad importada de ciertos productos a través de la disminución de la competitividad de los productos en el mercado interno.
En México la mayoría de los productos con aranceles está en productos de consumo y la mayoría de las mercancías sin aranceles es mercancía intermedia o de capital. Las necesidades de México se reflejan como: proteger a sus productores nacionales de productos de consumo y fomentar la fabricación a través del no cobro de impuestos al comercio exterior en las importaciones de maquinaria y equipo y de productos intermedios y/o materias primas.
Estos aranceles están reportados en los compromisos arancelarios de los países que son miembros de la Organización Mundial de Comercio, que en esencia establece que los países están comprometidos a la disminución y posible eliminación de sus aranceles siempre y cuando con ello no causen menoscabo a su economía. De lo anterior tenemos que los países pueden ir modificando sus aranceles hacia abajo (por debajo de sus compromisos arancelarios) y después, de ser necesario regresar a los niveles anteriores.
En el GATT se establece en resumen que los países están obligados a disminuir sus barreras arancelarias y no arancelarias, pero si lo consideran necesario para proteger a sus industrias, entonces pueden incrementarlas.
Ahora bien, lo anterior es basado en los aranceles y los compromisos que los países miembros de la OMC tienen, sin embargo, hay otras maneras de proteger a las industrias de las importaciones de productos y de protegerse en contra de prácticas desleales. Por ejemplo, un país, puede (no con aranceles) protegerse de un incremento desmedido en las importaciones de ciertos productos, esta forma de protegerse se denomina medidas de salvaguarda.
Por otro lado, cuando un país detecta importaciones en condiciones de prácticas desleales del comercio internacional, a saber, subvenciones y discriminación de precios, puede determinar, a través de procedimientos establecidos por los propios acuerdos internacionales una cuota compensatoria.
En México tanto la imposición de la cuota compensatoria como todo el procedimiento para la investigación de la existencia de la práctica desleal se lleva a cabo de conformidad con la Ley de Comercio Exterior.
Volviendo al tema en específico de los aranceles y relacionándolo con Estados Unidos, podemos decir que también ellos tienen el derecho de imponer regulaciones arancelarias como una medida de emergencia. En específico, Estados Unidos se ampara de su “ley” IEEPA (International, Emergency, Economic, Act), alegando que existe una emergencia económica y que por lo tanto, puede dejar de cumplir con los compromisos que tiene Estados Unidos adoptados a nivel internacional.
En virtud de lo anterior y un poco por “gusto” y/o “capricho”, estableció aranceles a través de mandatos presidenciales a una gran cantidad de países y para el caso de México, no fue la excepción.
De todos los argumentos que Estados Unidos presentó, nos aplican 3:
1) déficit en su balanza comercial,
2) que México se ha beneficiado más de T-MEC y
3) migración.
Podríamos decir que, si los esfuerzos y resultados con respecto al tráfico de fentanilo no han sido suficientes, menos los referentes a los esfuerzos para mitigar la migración en México, así que podríamos decir que en la “evaluación” que se nos haga seguramente tampoco podríamos decir que estamos librados.
Y los otros dos argumentos, no hay nada qué hacer, los números lo dicen todo: Es cierto que México se ha visto más beneficiado del T-MEC que Estados Unidos, y sí, también hay un déficit comercial con México.
Es importante señalar que la economía de Estados Unidos es cerca de 20 veces más grande que la mexicana en cuanto a generación de producto interno bruto, así que lo que ellos hagan, les pudiera afectar, pero por mucho más a nuestro país, que en gran medida “vive” de exportar, y más de hacerlo hacia Estados Unidos.
Según datos del Counsil on foreign relations, las importaciones de Estados Unidos son en razón de 3,358 trillones de dólares, contra las exportaciones que son de 1,824 trillones de dólares.
También según el Counsil on foreign relations Estados Unidos importa de México 480 billones de dólares[1] y exporta a México 323 billones de dólares. Y como lo comentado podemos notar el déficit que tiene con México.
Derivado de lo anterior podemos pensar que sí hay elementos suficientes para invocar la IEEPA en contra de México y regular las importaciones de productos Mexicanos, y también de otros países como lo hizo contra China, Canadá, Unión Europea e incluso con los aranceles recíprocos a muchos otros países, que por cierto se han ido eliminando gracias a negociaciones que han tenido representantes de los países con el gobierno de Estados Unidos.
Podemos concluir que las negociaciones que llevó a cabo México con Estados Unidos rindieron fruto y buscaron las mejores condiciones para nuestras exportaciones, si bien, no se logró tener una victoria contundente, al menos en la mayoría de los productos originarios de México conforme la TMEC, sí seguimos teniendo el mismo trato preferencial.
[1] Recordando que en inglés 1 billion dolars es igual a 1,000 millones de dólares.
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