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Dictamen INFONAVIT

Está fundamentado en el Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

El dictamen es voluntario y el aviso se debe presentar dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior, en el año 2021 el INFONAVIT emitió un comunicado donde se prorrogó la entrega hasta el 31 de mayo.

El dictamen deberá ser específico e independiente de cualquier otro respecto del mismo patrón y rendirse por el contador público autorizado dentro de un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen.

En caso de omitir la presentación del dictamen será susceptible a la imposición de una multa de tres a 150 veces la UMA; es decir, de 260.64 a 13,032.00 pesos (Art. 6o., fracción. XVI y 8o., fracción. I, Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones.

 

Atentamente

COMISIÓN REPRESENTATIVA ANTE ORGANISMOS DE SEGURIDAD SOCIAL E IMPUESTOS ESTATALES 2.0

“CROSS 2.0”

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